Cumplimiento17 de junio de 2026·9 min de lectura

Declaración de Certificación de Cosecha: qué cambió en el INV para 2026

Desde 2026 la declaración de cosecha ante el INV es voluntaria y reemplazó al ingreso de uva (CIU). Qué es hoy, por qué conviene certificar igual, el plazo del 1 de junio y los datos que lleva.

Equipo Cepaos · Cumplimiento vitivinícola
En resumen
  • Desde el 1 de enero de 2026 (Resolución INV 37/2025) el trámite es la Declaración Jurada de Certificación de Cosecha, y es voluntaria: reemplazó a la antigua Declaración de Ingreso de Uva (CIU).
  • Se presenta hasta el 1 de junio de cada año, con tantas presentaciones como la bodega necesite.
  • El peso cosechado se declara en kilogramos por variedad, no en quintales.
  • Aunque sea voluntaria, sin esta declaración no podés certificar añada, origen ni variedad, que es lo que sostiene una etiqueta de calidad y una exportación.

1Qué cambió en 2026

Si venís buscando la vieja Declaración de Cosecha, ojo: el régimen cambió. Desde el 1 de enero de 2026, con la Resolución INV 37/2025, el trámite pasó a llamarse Declaración Jurada de Certificación de Cosecha y reemplazó a la antigua Declaración de Ingreso de Uva (CIU).

El cambio más importante es que ahora es voluntaria. La tramita quien quiere acogerse a los controles de trazabilidad para certificar añada, origen o variedad. Una bodega que no necesita certificar esos atributos no está obligada a declarar la cosecha.

ImportanteEsta guía describe el régimen vigente según la Resolución INV 37/2025. Cepaos no es un sistema homologado por el INV ni reemplaza el asesoramiento de un enólogo matriculado o profesional habilitado; la presentación ante el INV es responsabilidad exclusiva de la bodega.

2Por qué conviene certificar igual

Que sea voluntaria no significa que no te sirva. Sin la Declaración de Certificación de Cosecha no podés certificar la añada, el origen ni la variedad de tu vino, y esos son justo los atributos que sostienen una etiqueta de calidad y una operación de exportación.

Si tu vino se vende contando de qué viñedo y de qué año viene, esta declaración es la que respalda esa historia ante el INV. La trazabilidad dejó de ser un control del organismo y pasó a ser tu activo comercial.

RecomendaciónSi exportás o trabajás con etiquetas que declaran añada y variedad, tratá la certificación de cosecha como parte del flujo normal de la vendimia, no como un trámite opcional que se puede saltear.

3Plazo y forma de presentación

La declaración se puede presentar hasta un plazo máximo que vence el 1 de junio de cada año. No está atada al ingreso de la uva a molienda: podés presentar tantas declaraciones como estimes necesarias hasta esa fecha.

Además, el INV ya no fija fechas de cosecha ni de elaboración, así que no tenés que declarar el momento exacto de la molienda de cada partida como pedía el régimen anterior.

4Qué datos lleva

La declaración pide datos concretos por viñedo y variedad. Tenelos a mano antes de cargar:

  • CUIT del productor.
  • Número de inscripción del viñedo en el Registro de Viñedos.
  • Variedad o variedades, según la nómina oficial de variedades del INV.
  • Peso neto cosechado en kilogramos, por cada variedad.
  • Tenor azucarino (es optativo).

Cuidado con la unidadEl peso se declara en kilogramos por variedad. No uses quintales: la báscula ya pesa en kilos, así que cargá ese mismo número y evitás conversiones que descuadran.

5El prerequisito que se pasa por alto

Antes de declarar, tu viñedo tiene que estar inscripto y activo en el Registro de Viñedos, con su Código de Operación del Certificado de Inscripción Digital del Viñedo vigente. Sin eso, el sistema no genera la serie de la declaración.

Un viñedo dado de baja, no inscripto o sin código operativo te frena la carga aunque los pesos estén perfectos. Mantener el registro al día es la mejor forma de que la vendimia no te encuentre con un trámite trabado.

No reutilices la declaración del año pasadoLos datos del registro cambian entre temporadas. Partir de la declaración anterior arrastra viñedos o códigos que ya no están vigentes y te traba la presentación.

6Qué dejó de controlar el INV

El régimen 2026 también sacó obligaciones que quizás todavía estás tratando de cumplir. El INV ya no realiza controles de inventario ni exige documentación para el transporte, y su fiscalización se concentra en la etapa de comercialización final del producto envasado.

En la práctica: no persigas un balance de existencias mensual ni un certificado de tránsito ante el INV, porque ya no son requisitos. La trazabilidad de la elaboración pasó a ser responsabilidad de la bodega, y tener tus registros ordenados es lo que te deja listo para certificar y para exportar.

Tu vendimia, lista para certificar ante el INV

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